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    16 setiembre: Derechos de libertad de expresión. Con Yanancy Noguera y Rodolfo Brenes.

    16 setiembre: Derechos de libertad de expresión. Con Yanancy Noguera y Rodolfo Brenes.


    Uno de los basamentos más sólidos del estado de derecho costarricense y, por tanto, de su solvencia democrática, descansa en el bloque de legalidad de los derechos de libertad de expresión del pensamiento, libertad de prensa y todos los derechos correlacionados. Casi siempre opera en la dirección correcta.

    Pero cuando eso no ocurre, es el derecho internacional al que Costa Rica por décadas se ha adherido, el que protege cualquier debilidad o incluso cualquier error de la justicia local. Eso ocurrió la semana pasada.

    La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al estado costarricense por no haber brindado justicia a los periodistas Ronald Moya y Fredy Parrales por haber sido condenados injustamente en la vía civil, debido a unas publicaciones efectuadas en el Diario La Nación.

    El caso se remonta al 2005 cuando los reporteros dieron cuenta de una actividad ilícita de trasiego de licores en la zona sur del país, en el que estaban aparentemente involucrados dos oficiales de policía que a la postre demandaron a los profesionales por injurias y calumnias. Los tribunales penales absolvieron de toda responsabilidad a los periodistas, pero en la acción civil los condenaron a pagar cinco millones de colones. Y la sentencia fue confirmada por la Sala Tercera Penal. Agotada la vía jurisdiccional del país, La Nación recurrió entonces a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que en el año 2020 les dio la razón.

    Fue así como el caso escaló hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos que en sentencia de mayo pasado, dada a conocer el 6 de setiembre, confirmó por unanimidad que Costa Rica violentó la libertad de expresión al haber condenado civilmente a Moya y Parrales. Y por esta sentencia, el estado no solo deberá indemnizar por daños inmateriales y gastos a los afectados, sino que tendrá que dejar sin efecto la condena en la sede nacional.

    Esta es apenas la segunda vez que la CIDH sanciona al país por violar la libertad de prensa. Lo había hecho también en el 2004. Pero el contexto hoy es muy diferente y la sentencia entonces deviene en especialmente relevante y pertinente para el ejercicio periodístico.

    Con Yanancy Noguera, directora del programa de formación de periodistas Punto y Aparte y el abogado especialista en Derecho a la Información, Rodolfo Brenes Vargas, lo conversamos en Hablando Claro.


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