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    3 agosto: Sala IV se pronunció sobre trámite del proyecto de ley sobre empleo público. Con Fernando Castillo.

    3 agosto: Sala IV se pronunció sobre trámite del proyecto de ley sobre empleo público. Con Fernando Castillo.


    Celebración de la fiesta religiosa más importante de la identidad nacional de por medio, recibimos en medio del descanso, la noticia esperada de la Sala Constitucional sobre el trámite del proyecto de la nueva ley general de empleo público.

    Este mismo lunes, además, el presidente de la República informó que desde el viernes pasado el Fondo Monetario Internacional formuló el primer desembolso de $293.5 millones del crédito total que en seis tractos semestrales obtendríamos por el acuerdo del que justamente depende, entre otros proyectos, pero muy especialmente, el referido al esquema salarial de los funcionarios gubernamentales.

    Luego de seis sesiones ordinarias a doble jornada y una sesión extraordinaria el sábado 31, la Sala IV le dio luz verde a la aprobación en segundo debate de la ley de ordenamiento del empleo público en el país, aun cuando los altos jueces valoraron como inconstitucional la rectoría de recursos humanos del Ministerio de Planificación sobre el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones, las universidades públicas, las municipalidades y la Caja Costarricense de Seguro Social.

    ¿Qué significa esto exactamente?

    Significa que los magistrados estimaron que si bien el proyecto es constitucional por el fondo y respecto de su procedimiento de aprobación, en cuanto a sus efectos MIDEPLAN, no ejercerá rectoría administrativa sobre esas entidades; que por lo demás sí deberán someterse a los nuevos criterios nacionales de salarios globales para todos los empleados públicos de todos los poderes del estado; es decir que es correcto contar en el país con una Ley General de Empleo Público aplicable a la toda la Administración Pública.

    Este pronunciamiento también hace viable el establecimiento de topes a los salarios de los funcionarios universitarios (una consulta puntual se formuló en ese sentido). Además se consideró apegado al marco constitucional establecer limitaciones a las convenciones colectivas, así como limitar el crecimiento de los salarios siempre que persistan las condiciones de endeudamiento nacional que se establecieron en la ley de fortalecimiento de finanzas públicas del 2018. Para explicar con detenimiento las implicaciones del fallo, el presidente de la Sala IV y redactor de este importante voto, Fernando Castillo, nos acompaña en Hablando Claro.


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