Por: Allan Astorga Gättgens, Catedrático de Geología Sedimentaria y Ambiental, Escuela Centroamericana De Geología, UCR (
Ante la nota pública enviada, en días pasados, por la Junta Directiva del Colegio de Geólogos de Costa Rica al señor Presidente de la República, se hace necesario generar una reflexión sobre el tema de si la minería metálica (de oro, plata y otros metales, como cobre) debería o no formar parte del modelo de desarrollo económico de nuestro país.
Potencial: primero que todo debemos explicar que, igual que con los hidrocarburos, en Costa Rica, las condiciones geológicas podrían indicar que existe cierto potencial de encontrar yacimientos minerales metálicos. No obstante, eso no significa que existan yacimientos probados capaces de ser explotados (salvo el de Crucitas).
Por eso, afirmar que el país, podría “resolver sus problemas económicos” con permitir la explotación minera metálica, y también la actividad de exploración y explotación de hidrocarburos, es muy aventurado y osado, pues no existe prueba científica, bien documentada, de que eso sea así.
Por otro lado, y considerando las condiciones geológicas de nuestro país, es altamente probable que, de existir algún tipo de yacimiento de minería metálica, el mismo se encuentre dentro de un Área Silvestre Protegida (como la Cordillera de Talamanca) o en su defecto, en zonas cubiertas por bosques y ecosistemas frágiles, por lo que su eventual explotación podría generar un enorme sacrificio ambiental, cuyo costo económico, podría resultar más elevado que los beneficios económicos que implicaría la explotación minera metálica.
Legislación: el actual Código Minero que data de 1982 y que, desde el 2010 prohibió la minería metálica a cielo abierto, es una ley “que fue hecha a la medida de las empresas de minería metálica”. Aparte de que el canon minero es muy bajo (2 %), no se contempla para nada, la responsabilidad ambiental que tiene dicha empresa una vez que la explotación minera haya terminado.
Este aspecto es muy importante, porque la explotación minera metálica, aparte de ser una actividad de muy alto impacto ambiental, sobretodo en países tropicales, tiene la nefasta característica de que los impactos ambientales negativos se siguen dando una vez que la explotación ya ha terminado.
Incluso, por décadas o cientos de años. Impactos como el drenaje ácido, los cambios en el paisaje, la afectación de las aguas superficiales y subterráneas, además de: los efectos sociales negativos, una vez que la empresa ha abandonado el área de explotación.
Modelo: la mitigación de estos impactos “post cierre minero”, no se resuelven con una garantía ambiental de solo un 1 % del monto total de inversión, ni con un plan de mitigación - cierre de corto plazo. Por eso, al final, los impactos negativos de la actividad minera metálica, deben ser absorbidos por la naturaleza, a un gran costo ambiental o, por la sociedad, cuyos costos económicos, sobretodo en países tropicales, son más altos que los beneficios económicos que dejó la actividad minera metálica para el país. Como se puede ver, esta relación costo beneficio socio ambiental de minería metálica hace que esta actividad, sea muy difícil que sea incorporada el modelo de desarrollo del país.
Costa Rica tiene otras posibilidades de desarrollo económico, como el Turismo que representa su principal fuente de ingresos ($2.500 millones al año) o el desarrollo diversificado de productos de exportación que alcanzan los 4.500. En este aspecto, la minería metálica nunca ha sido su principal fuente de ingresos (salvo por un breve periodo de tiempo en el siglo XIX, hasta que fue sustituida por el café -nuestro grano de “oro”). De manera que, salvo casos muy particulares como en Abangares, la minería metálica, no forma parte de la cultura del costarricense.
Crucitas: utilizar el tema de la minería ilegal en esta localidad fronteriza como pretexto para justificar que “mejor se hubiera quedado la minera”, no es correcto e implica ignorar los hechos que sucedieron. Como hemos señalado (ver: allan-astorga.com), el Tribunal Contencioso y la Sala Primera fueron muy claros al anular todos los permisos y autorizaciones dados a ese proyecto minero, debido a la serie de irregularidades que mostraron. Esta es la razón por la cual, la explotación minera no se pudo ejecutar.
Otro asunto, muy diferente, es que por razones que todavía requieren ser investigadas a fondo, se ha iniciado, hace pocos años, la explotación ilegal por minería metálica artesanal en la zona de Crucitas.
Señalar que los dos impactos, el de la minería artesanal o el que hubiera generado la minera, son iguales o incluso afirmar que el impacto de la minería artesanal, es mayor, es un error. Y no se trata de minimizar el impacto de la minería artesanal, el cual debe ser detenido y sancionado lo antes posible, pero definitivamente, se trata de dos escalas muy diferentes y por eso, se debe evitar “caer en la trampa” de justificar la actividad minera metálica, a costa de un problema social como lo es la minería artesanal ilegal.
Rumbo: el derrotero del desarrollo del país, no incluye en su agenda, la explotación minera metálica, la cual, desde el 2010 es una ley que rige para todos.
El país, debe buscar alternativas de desarrollo, que aprovechen los principales recursos naturales de que dispone, como su biodiversidad, su mar patrimonial, sus paisajes y, sobretodo, la capacidad de su población para adaptarse y seguir avanzando. Seguir apostando por la minería metálica, no es positivo, pues acrecienta innecesarias diferencias en la sociedad, lo cual no se requiere.