En medio de la polémica que se ha desatado por la reelección de un magistrado de la Sala Constitucional, escuchando tantos argumentos, pensaba de qué manera puedo contribuir a una reflexión de elevadas pretensiones, sin interferir en las potestades del Poder Legislativo, sin convertir esta discusión en un enfrentamiento para definir el poder y no la justicia.
La independencia de la judicatura y de sus órganos afines, es una construcción de todos los poderes, es una convergencia en la que tiene mucho que decir el Parlamento, que es el que elige a los jueces supremos y define los recursos económicos que permiten tener una Administración de Justicia acorde con las aspiraciones constitucionales.
Mi reflexión es una instancia respetuosa al Parlamento, punto de referencia central de nuestra democracia, para que en su accionar, en sus decisiones, no vean la circunstancia, sino la construcción de un Estado de Derecho con un poder judicial realmente independiente. La judicatura requiere, en su esencia, la independencia, en gran medida, desde el parlamento. La discusión sobre el voto secreto, sobre su fundamentación, sobre lo que debe objetarse a un magistrado, pasa a segundo plano, si pensamos que la judicatura, como poder, es débil, muy frágil, su independencia y su poder, requieren un consenso visionario de los otros poderes, especialmente del parlamento.
Hay reglas informales en la política que definen temas fundamentales, eso ocurre con la independencia judicial en el quehacer político. Esta autocontención y evaluación cuidadosa en el ejercicio del poder, es lo que está en juego en la decisión sobre la reelección de un juez. Qué importante son las formas, las reglas informales, la visión que tienen los parlamentarios sobre el poder judicial que desean. Jueces electos por el parlamento que definen límites al poder legislativo, jueces electos por el parlamento, que pueden juzgar a miembros del poder legislativo. Tanto poder concedido por otro poder, tanta prudencia exigida en la ponderación y reflexión de esas decisiones. En cada elección y reelección de un juez supremo, el parlamento construye la independencia de los jueces. Tema delicado que trasciende la polémica planteada en los últimos días.
El poder sometido a la jurisdicción, esa es la esencia de la jurisdicción. Este sometimiento genera muchas resistencias, fricciones y contradicciones. La historia del molinero, de vieja data, sintetiza esta paradoja entre jurisdicción y poder. A Federico II le pareció que un molino afeaba su nueva residencia de verano y mandó a derribarla. El molinero, se opuso a esa pretensión del monarca y llevó el caso ante la justicia, al tiempo que le decía al rey: “Señor, todavía hay jueces en Berlín”. Y cuando los jueces fallaron a favor del molinero, el mismo monarca, respetuoso de la justicia, celebró que hasta él mismo tuviera que acatar la decisión de los jueces de la capital de Prusia. La actitud del rey, todo poderoso, se convierte en un factor fundamental en la construcción de la independencia del poder judicial, tan débil y vulnerable. La independencia de los jueces es un valor que puede naufragar en simples formalidades, puede convertirse, fácilmente, en letra mojada. Eso pasa en muchos países.
Después de la convulsa década del cuarenta del siglo pasado, Figueres expresó algunos conceptos que elevan las aspiraciones de la interesante polémica que ahora vivimos, señalando que “… los países pequeños no seríamos los que clavaríamos la bandera en la Luna, pero sí podríamos hacer aportes a la cultura universal; para él, ser conocidos como un país respetuoso de la ley, con un Poder Judicial independiente y fuerte, era uno de esos aportes, dignos de exhibir ante las naciones del mundo….”. Ese ha sido nuestro historial en la segunda mitad del siglo veinte, esa independencia es la que hay que tener presente en esta polémica. En la decisión de los parlamentarios, se puede construir o debilitar la independencia de la judicatura, es una decisión que atañe a los señores y señoras diputados. En el ejercicio del poder parlamentario, se construye, en cada elección y reelección de jueces de la Corte Suprema, la autonomía de un poder que tiene la difícil misión de marcar los límites del parlamento y de la Administración. El poder de la judicatura depende de la definición y el apoyo de los otros poderes, tiene una difícil misión, es el que controla los poderes, pero sólo puede hacerlo si los demás poderes se autocontienen y admiten que sus potestades están limitadas por los jueces que son electos mediante un acto de poder.
La elección y reelección de jueces de la Corte Suprema, como acto político, requiere que tal decisión fortalezca la independencia de la judicatura. Esta es la reflexión que debe presidir la decisión sobre la reelección de un juez. Planteo esta sugerencia con el mayor respeto para las potestades que ejercen los parlamentarios, sin entrar en las particularidades que rodean la reelección del magistrado Rueda.
Fernando Cruz Castro
Presidente de la Corte Suprema de Justicia