Por Allan Astorga Gättgens, Geólogo Ambiental, Catedrático UCR
Desde el pasado mes de octubre del 2017, se formalizó, mediante publicación en el diario oficial La Gaceta, el Acuerdo No. 5497 de la Junta Directiva del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA), por el cual, entra en vigencia la “Matriz Genérica de Protección de Acuíferos”, o “Matriz (2017)”, dado que sustituye a la Matriz del 2006.
Sustento: en los considerandos del acuerdo se presenta la argumentación jurídica que respalda la potestad del SENARA para emitir la Matriz (2017) y se hace énfasis en lo establecido tanto por el Tribunal Contencioso Administrativo, como por la Sala Constitucional (Voto 2012 -08892 de junio del 2012).
También, se presenta la cronología que, entre el 2011 al 2017, realizó el SENARA para la elaboración de la propuesta de la Matriz (2017) y el proceso de consulta interinstitucional que efectuó, con municipalidades y entes privados y, particularmente, la Cámara Costarricense de la Construcción y la Cámara de Agricultura.
En el considerando 31, el Acuerdo citado señala que “finalizada la etapa de consultas a las distintas instituciones y sectores, los profesionales del SENARA adecuaron la Matriz en tres tipos de actividad (agropecuaria, urbanística e industrial), en la que incluyeron las recomendaciones que técnicamente resultaron procedentes y se procedió al ajuste de la Matriz, para que aplique según los criterios de riesgo de los recursos hídricos subterráneos en función de su calidad y cantidad”.
Aplicación: el pasado mes de enero, en un reportaje de El Financiero (http://www.elfinancierocr.com/economia-y-politica/nuevo-requisito-para-construir-exigiria-estudios), se señala que el SENARA está elaborando, un documento en conjunto con la Dirección de Aguas del MINAE, el INVU, el AyA y la SETENA, “para definir cómo será la aplicación de la matriz a nivel interinstitucional y determinar cuáles proyectos deberán contratar estudios hidrogeológicos”. En el mismo artículo, el subgerente general del SENARA, Carlos Zúñiga, señala que ese documento se publicará en el Diario La Gaceta “en las próximas semanas”.
Como parte del artículo se señala que con esta nueva regulación las municipalidades avisarán a las personas o empresas, si deben realizar estudios hidrogeológicos como parte de los requisitos de trámite de uso del suelo y los permisos de construcción. Esto será así, salvo que el cantón en cuestión cuente con mapas de vulnerabilidad hidrogeológica y de recarga de mantos acuíferos que, según el SENARA, son pocos los que lo tienen: San Pablo de Heredia, Barva, Belén y Santo Domingo. Es de recordar que desde el 2008 una sentencia de la Sala IV obliga a otros cantones relacionados al acuífero del Barva a contar con estos mapas, y que solo cuatro de ellos han cumplido con la Sala.
Finalmente, sobre los costos de los estudios hidrogeológicos para fincas particulares, se señala que, dados los requisitos técnicos establecidos por el SENARA, y dependiendo del tamaño del terreno y la información hidrogeológica disponible, el costo de los estudios podría fluctuar entre $ 5 mil a $ 100 mil, algo que se viene a sumar a los “costos hundidos” de inversión que se tienen que hacer para el desarrollo de un proyecto.
Inconsistencias: quien suscribe este artículo, se ha dado a la tarea de realizar una revisión detallada de la Matriz del SENARA (2017) y de aplicarla en un reciente estudio hidrogeológico para una finca de casi 100 hectáreas en Alajuela. Además, es el autor coordinador de los mapas de vulnerabilidad hidrogeológica de los cantones de San Pablo de Heredia, Santo Domingo, Moravia y Montes de Oca (en elaboración), así como de diversos estudios hidrogeológicos locales en el país, o para planes reguladores.
También en el año 2003, en conjunto con el colega Mario Arias, elaboramos el denominado Mapa de Geoaptitud Hidrogeológica de Costa Rica, en la que se demuestra que el 76 % del territorio del país funciona como área de recarga acuífera y que, casi del 100 % de todas las actividades humanas (ciudades, industria, carreteras y zonas agrícolas) se localizan sobre esas zonas de recarga acuífera.
En consideración de esta experiencia en el campo hidrogeológico y considerando el trabajo realizado en el marco del Ordenamiento Ambiental del Territorio, es que hemos realizado el análisis técnico y científico de la Matriz (2017) y la “Guía metodológica para su aplicación” y hemos detectado una serie de inconsistencias que deseamos enlistar, a fin de lograr un balance técnico lo más sustentado posible. Algunas de nuestras observaciones son las siguientes:
1.El proceso “participativo” de la elaboración de la Matriz, tiene un defecto de raíz, en la medida de que se trata más de un proceso de información y de presentación de observaciones, empero la decisión final es tomada por un grupo de técnicos del SENARA.El proceso correcto, para una “decisión estratégica” como esta, debió cumplir un proceso similar al de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), con representantes técnicos de los diferentes sectores, de manera que la participación fuera más efectiva y balanceada.
2.El SENARA, juega un papel de “juez y parte” en el proceso, pues mientras por un lado establece “los requisitos de los estudios técnicos”, por otro lado, puede elaborar los mismos estudios técnicos cuyo alto costo traslada al cliente (privado o público) y luego, es el mismo ente que revisa y aprueba los estudios. Es como si la SETENA realizara las EIA, cobrara por ellas, y luego ella misma las aprobara. Algo que no es lógico, ni consistente con el Principio de Legalidad.
3.Los requisitos técnicos que establece el SENARA, para la realización de los mapas de vulnerabilidad y de recarga acuífera, son muy costosos, en particular, cuando el terreno en estudio cuenta con pocos pozos de extracción de aguas subterráneas. Hay cantones del país, que por su tamaño (cientos de km2) y por la poca presencia de pozos, requerían inversiones de cientos o miles de millones de colones para poder satisfacer los requisitos del SENARA. Algo que tiene poca lógica, si parte del hecho de que casi todos esos cantones tienen acuíferos someros en el subsuelo y por tanto tienen vulnerabilidad acuífera y, además, son área de recarga acuífera.
4.Para determinar la Vulnerabilidad Hidrogeológica, el SENARA modificó el procedimiento más común (Método GOD, por sus siglas en inglés), y le estableció ajustes más rigurosos para fijar el grado de confinamiento del acuífero. Posiblemente ello obedezca a una clara intención de resguardar mucho mejor el recurso hídrico, lo cual es entendible ante el caos vigente. No obstante, no se da una sólida justificación técnica y científica. Algo que contraviene las guías metodológicas para la protección del agua subterránea vigentes a nivel internacional, incluyendo la Directiva Europea sobre “Protección de las aguas subterráneas en Europa”, la cual se orienta particularmente en la Prevención (de la contaminación) y no en “prohibición” del uso del suelo, como ocurre con la Matriz del SENARA.
5.En la Matriz aplicada a desarrollo urbano, para valorar el riesgo de contaminación de la actividad, se cruza la vulnerabilidad con la densidad de población. Aquí el SENARA fija, arbitrariamente, tres tipos de densidad de población: baja (< 80 hab/ha), media (81 – 151 hab/ha) y alta (> 151 ha/ha), favoreciendo las bajas densidades, al considerarlas como de “menor riesgo”, lo cual contraviene los principios de ciudades compactas y densas, establecidas por la Nueva Agenda Urbana aprobada en la Conferencia Mundial de Vivienda y Asentamientos Humanos, Hábitat III celebrada en Quito en el año 2016. Algo que requeriría una revisión más amplia.
6. En el mismo tema urbano, el paso 2 de aplicación de la Matriz, cruza la cobertura o huella de la construcción con el tipo de recarga acuífera. Aquí el SENARA, nuevamente fija parámetros arbitrarios: alta (> 30 % de infiltración), media (10 a 30 %) y baja (< 10 %), sin que se cuenten con los estudios técnicos suficientes para todo el país. Para la cobertura, nuevamente se fijan parámetros arbitrarios: Baja (< =20 %), Media (21 a 40 %), Alta (41-60 %), Muy Alta (>61 %). Dadas las condiciones de recarga que tiene el país, aquí se favorecen, principalmente, las bajas coberturas y, por tanto, la baja densidad poblacional, algo que también contraviene la Nueva Agenda Urbana, antes señalada.
7.De esta manera, una actividad constructiva, para que sea de riesgo bajo a la vulnerabilidad y a la recarga acuífera, dadas las condiciones hidrogeológicas de lazona de meseta de la Gran Área Metropolitana (GAM), que según los estudios de fragilidad ambiental (que consideran hasta 20 variables ambientales) son los más aptos para urbanizar con alta a muy alta densidad, resulta que según la Matriz del SENARA, debería ser urbanizados con baja cobertura y baja densidad poblacional, una seria contradicción desde el punto de vista ambiental, en particular para un territorio, donde los espacios para urbanizar están altamente limitados.
8.Una de las mayores inconsistencias que tiene la Matriz del SENARA (2017) es la falta de flexibilidad, en la consideración de medidas tecnológicas para resolver por parte de un proyecto, el tema de la vulnerabilidad y la recarga acuífera. Existen medidas tecnológicas como el concreto permeable, el zacateblock, los sistemas de infiltración de aguas de lluvia que incluso pueden aumentar la recarga acuífera, la sustitución de materiales en el suelo, el desarrollo de sistemas de confinamiento y el tratamiento de aguas residuales o potencialmente contaminantes. Algo que no contradice en absoluto el mandato de la Sala Constitucional en el objeto de proteger los acuíferos que debería ser objeto de la EIA que se tramita ante la SETENA y no ante el SENARA.
9.Por un asunto de espacio, no es posible seguir enumerando las inconsistencias, pero, así como sucede con la matriz para el desarrollo urbano, se han encontrado inconsistencias para el tema industrial y para el tema agrícola. En este punto, la Guía del SENARA, cabe destacar, no hace una lista de productos contaminantes, sino que elucubra sobre los temas de toxicidad, persistencia y movilidad de las sustancias contaminantes, algo que, si no se fija con reglas claras, podría terminar concluyendo que cualquier actividad agrícola podría ser contaminante a los acuíferos.
10.Finalmente, cabe destacar como la mayor inconsistencia de fondo de la Matriz del SENARA (2017), es que la misma no debería estar jerárquicamente por encima de un Decreto Ejecutivo como el 32967 – MINAE, vigente desde el 2006, y que es la base metodológica para el Ordenamiento Ambiental Territorial en el país. Metodología que incluye el tema vulnerabilidad hidrogeológica y la geoaptitud de recarga acuífera de los terrenos. El hecho de que la Matriz (2017) trate de fijar parámetros de ocupación y uso de los terrenos, solo basado la variable hidrogeológica, es absolutamente inconsistente con los criterios del Ordenamiento Ambiental Territorial que el mismo país tiene vigentes desde el año 2006.
Soluciones: dadas las inconsistencias señaladas y lo serio que representaría que los municipios deban empezar a solicitar costosos estudios hidrogeológicos detallados para que se realicen incluso en lotes de 500 m2, se proponen las siguientes soluciones: a) que se suspenda la aplicación de la Matriz (2007) hasta tanto se aclare jurídicamente su grado de vinculancia respecto al Decreto Ejecutivo No. 32767 – MINAE, b) que se revise en su totalidad la propuesta de la Matriz (2017) y de su Guía Metodológica a la luz de las observaciones presentadas aquí y de otras que puedan surgir de otras instancias técnicas; c) que la Matriz se promulgue, por medio de un Decreto Ejecutivo que norme el Uso, Manejo Sustentable y Protección de los acuíferos, emitido por los ministerios de Ambiente y Energía, Salud y Agricultura y Ganadería y, cuyo borrador, fue propuesto al Poder Ejecutivo desde hace 10 años.
Seguir por el camino de imponer la Matriz del SENARA (2017), sin que se hagan los cambios necesarios, nos va a pasar del polo del desarrollo urbano desordenado y contaminante, a un polo de prohibición de las actividades productivas que tampoco es apropiado para nuestro país. Urge abrir espacios de diálogo técnico, abierto y ampliamente participativo, con visión país, para lograr un correcto equilibrio.